INTRODUCCIÓN

Como antecedente necesario a este artículo debemos recordar que la Ley 13/2010 de medidas en el ámbito empresarial estableció por primera vez en España un marco legislativo para la conocida como constitución de sociedades express.

Tras la aprobación del Real Decreto Ley 14/2013 de apoyo a la internacionalización y a los emprendedores, dicho marco legislativo quedó derogado y sustituido por un nuevo marco legal.

ESCENARIO ACTUAL

El Real Decreto Ley 14/2013 deroga prácticamente en su totalidad las disposiciones que regulaban este trámite. En su lugar, establece un nuevo sistema, presuntamente reservado a los emprendedores, pero que en la práctica puede ser aprovechado por todas las empresas, ya que la ley no prevé una aplicación exclusiva a un tipo determinado de empresa.

En esencia, los cambios establecidos por la nueva ley son los siguientes:

  • Establece plazos más cortos para la constitución de sociedades limitadas. Bajo la nueva normativa, la constitución de una sociedad limitada con estatutos sociales tipo, podría hacerse en veinticuatro (24) horas hábiles.
  • Elimina el límite máximo para el capital social, que previamente se encontraba en 30.000 euros.
  • Introduce novedades en el ámbito de las licencias de actividad.

CÓMO AFECTA A LA INVERSIÓN EXTRANJERA

A pesar de ser una ley concebida para ayudar a la inversión extranjera a entrar en España, en este caso particular, la ley sólo prevé la agilización de los trámites necesarios para la constitución de empresas con capital nacional. En ningún momento hace mención a la constitución de empresas con capital extranjero, y por lo tanto, los trámites extraordinarios necesarios para la constitución de este tipo de sociedad no se ven agilizados de forma alguna.

Algunas cuestiones a tener en cuenta son, por ejemplo, que no existe ninguna previsión sobre la representación fiscal de la sociedad constituida con capital extranjero o la posibilidad de enviar dicho apoderamiento a través del sistema informático (CIRCE).

CONCLUSIÓN

Resulta evidente que se ha producido una mejora en los plazos para constituir sociedades express, con la ventaja añadida de no modificar el arancel notarial (150 euros) a pesar de haber derogado el límite en el capital social. Sin embargo, por los motivos anteriormente expuestos, resulta de difícil virtualidad en las empresas participadas 100% por capital extranjero.

 

 

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3 de abril de 2014