Como ya analizamos en nuestro artículo de 4 de octubre de 2024, titulado “Retraso en la implementación de la facturación electrónica en España”, el proceso de implantación de los nuevos sistemas de facturación digital obligatoria estaba lejos de desarrollarse conforme al calendario inicialmente anunciado por el legislador. En aquel momento, poníamos de manifiesto la falta de desarrollo reglamentario y la consiguiente inseguridad jurídica que esto generaba para empresas y profesionales, futuros obligados de su implementación.
Pues bien, recientemente se ha producido un nuevo aplazamiento en la entrada en vigor del sistema de facturación electrónica.
Concretamente, el gobierno ha retrasado la entrada en vigor del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, también llamado “Reglamento Verifactu”, el cual constituye el principal cuerpo normativo del sistema de facturación electrónica en España, y mediante el que se regulan los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación utilizados por pymes y autónomos.
La prórroga confirmada: nuevas fechas de entrada en vigor
En un principio, la normativa preveía que el sistema Verifactu comenzara a ser exigible de forma escalonada a lo largo de 2026: desde el 1 de enero para las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades y desde el 1 de julio para el resto de profesionales.
Sin embargo, la inacción y el retraso del legislador en aprobar el necesario desarrollo reglamentario con anterioridad a las fechas previstas ha hecho imposible una implementación correcta y ordenada por un lado por los proveedores de este software y por otro, por las empresas y profesionales obligados. En consecuencia, el Gobierno ha aprobado recientemente, por la vía de urgencia, una prórroga de dichos plazos mediante el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (en adelante, el “Nuevo Decreto”).
Este Nuevo Decreto modifica el calendario de entrada en vigor, ampliando los plazos inicialmente establecidos, con el objetivo de permitir una adaptación técnica más gradual de los sistemas de facturación y de evitar una implantación desigual entre los distintos sujetos obligados. Las nuevas fechas de entrada en vigor son las siguientes:
- Empresas contribuyentes del Impuesto de Sociedades: deberán tener adaptados sus sistemas de facturación a los requisitos de Verifactu antes del 1 de enero de 2027.
- Resto de empresas y profesionales autónomos: dispondrán de un plazo adicional de seis meses, hasta el 1 de julio de 2027.
Se trata de una nueva prórroga, lo que confirma una tendencia cada vez más habitual: anunciar reformas estructurales en materia fiscal sin una planificación temporal suficientemente realista.
Verifactu: qué se retrasa y qué no cambia
Conviene subrayar que esta prórroga no modifica el contenido de las obligaciones, sino únicamente su exigibilidad. Cuando Verifactu sea plenamente obligatorio, los sistemas de facturación deberán garantizar la integridad, trazabilidad y conservación de los registros, incorporando, entre otros elementos:
- Identificación del software o sistema de facturación
- Generación de una huella digital (hash) por cada factura.
- En el caso de facturas en papel, inclusión de un código QR o identificador que permita su verificación por la Agencia Tributaria.
El objetivo sigue siendo el mismo: reforzar el control fiscal mediante herramientas tecnológicas. Sin embargo, el modo en que se está gestionando su implantación plantea dudas razonables.
Reacciones y consecuencias de esta nueva prórroga
La decisión ha sido recibida con sensaciones encontradas. Por un lado, algunas organizaciones empresariales y asociaciones de autónomos valoran positivamente el margen adicional para adaptarse. Por otro, numerosos operadores económicos, asesores fiscales y desarrolladores de software han manifestado su preocupación por los cambios de criterio de última hora.
En este sentido, muchas empresas habían priorizado durante 2024 y 2025 la adaptación de sus sistemas de facturación, destinando recursos económicos y humanos relevantes. Para ellas, este nuevo retraso no supone un alivio, sino una distorsión en su planificación y asignación de recursos, además de una pérdida de confianza en la estabilidad del marco regulatorio.
Consideraciones finales
El proceso de implantación de la facturación electrónica y de sistemas como Verifactu es, sin duda, irreversible y responde a una tendencia europea clara hacia la digitalización del control fiscal. Sin embargo, la sucesión de retrasos, prórrogas y normas pendientes de desarrollo está convirtiendo este proceso en un ejemplo paradigmático de inseguridad jurídica.
Lejos de justificar una actitud pasiva, este nuevo aplazamiento debería servir a empresas y profesionales para anticiparse, revisar sus sistemas internos y mantener un diálogo constante con sus proveedores tecnológicos. Porque si algo parece claro, es que el calendario podrá seguir moviéndose, pero la obligación acabará llegando.
Julio González
Vilá Abogados
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9 de enero de 2026