La Orden 1882/2012, de 1 de agosto de 2012, aprueba las condiciones generales de la contratación de los transportes de mercancías por carretera.

El preámbulo de dicha orden ya nos adelanta que la Ley 15/2009 del Contrato de Transporte ha afectado notablemente al contenido de las mencionadas Condiciones Generales.
En el redactado se ha optado por reproducir buena parte de los preceptos de la Ley del Contrato, caben destacar las siguientes novedades:

  1. Se incluye una fórmula de revisión de los precios por variaciones del precio del gasóleo.
  2. Se fijan determinados plazos y horarios para el cumplimiento de las obligaciones recíprocas.
  3. Cuando el obligado al pago no cumpla con dicha obligación, podrá el porteador de la mercancía        retener la carga y solicitar al órgano judicial competente el depósito de aquellas.
  4. El plazo de vencimiento establecido para las facturas será de 30 días, siendo nulo cualquier plazo mayor.

Esta orden entró en vigor el 20 de agosto de 2012.

Para más información, contacte con:
Ismael PERALTAipv@vila.es
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07-09-2012