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El pasado 30 de julio entró en vigor el Real Decreto 681/2025, de 29 de julio, cuya función es regular el Fondo de Emprendimiento y de la Pequeña y Mediana Empresa (FEPYME), adscrito al Ministerio de Industria y Turismo, el cual tiene como objetivo ser una vía de financiación de pequeñas y medianas empresas en España que posean un carácter innovador, apoyando así su crecimiento, competitividad y desarrollo.
Este decreto desarrolla la disposición adicional novena del Real Decreto Ley 8/2024, que contenía medidas para la recuperación económica tras los efectos del fenómeno de la Dana del pasado año.
En concreto, la finalidad del FEPYME es «prestar apoyo financiero, a través de la concesión de préstamos participativos, directamente al sector privado, así como a entidades del sector público dedicadas a actividades similares, a pequeñas y medianas empresas (pymes) viables e innovadoras tanto en su fase de creación como de crecimiento; así como a pymes que quieran impulsar proyectos de emprendimiento innovador en el ámbito de las tecnologías del lenguaje y el procesamiento de lenguaje natural».
El fondo, que será gestionado por la entidad pública Empresa Nacional de Innovación (ENISA), cuenta con la financiación mayoritaria de la Unión Europea, a través de su Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, lo que conlleva que estos programas y beneficiarios deberán cumplir con los objetivos medioambientales y de sostenibilidad de la Unión.
ENISA deberá elaborar una guía operativa, la cual servirá para determinar la elegibilidad de las diversas pymes que deseen acceder a las ayudas, así como para establecer el proceso y criterios de evaluación para la concesión de estas.
En cuanto a la cantidad del fondo, este arrancará con 303 millones de euros, sujetos a la posibilidad de incremento en función de lo que se prevea en los Presupuestos Generales del Estado.
Las ayudas se concederán en forma de préstamos participativos, que contarán con un plazo máximo de amortización de siete años y un periodo de carencia de hasta cinco años, con cuotas de amortización del principal constante.
El importe de dichos préstamos será de entre 25.000 y 1.150.000 euros, que no podrán superar, en ningún caso, los fondos propios de la empresa. Respecto al tipo de interés, será variable en dos tramos: el primero con referencia al Euribor, y el segundo estará vinculado a la rentabilidad financiera de la solicitante.
En cuanto a garantías, no será necesario aportar garantías adicionales excepto las del propio proyecto para el cual se solicita la financiación.
No podrán acceder a estas ayudas, salvo en determinadas excepciones, las empresas de los sectores inmobiliario, financiero y los relacionados con los combustibles fósiles.
En conclusión, este fondo busca transformar la forma de financiación de las pymes, impulsando proyectos que supongan una modernización del tejido empresarial, cumpliendo con los objetivos de sostenibilidad y eficiencia de la Unión Europea.
Oscar Vilá
Vilá Abogados
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1 de agosto de 2025