La Comisión Europea presentó en Estrasburgo el 2 de febrero de 2016 un Plan de Acción para intensificar la lucha contra la financiación del terrorismo. Dicho plan tiene como objetivo permitir una reacción rápida y firme a los retos que supone el terrorismo actual. Sobre la base de las normas europeas en vigor se pretende por un lado localizar a los terroristas a través de los movimientos financieros e impedirles que transfieran fondos y/o activos y, por otro lado, desmantelar las fuentes de ingresos de las organizaciones terroristas, poniendo énfasis en su capacidad de obtener fondos.

La Comisión Europea adoptó el pasado martes 5 de julio de 2016 una propuesta que será la primera iniciativa para llevar a la práctica el Plan de Acción arriba mencionado, reforzando las normas de transparencia para luchar contra el blanqueo de capitales.

El objetivo de dicha propuesta es combatir la financiación del terrorismo y aumentar la transparencia sobre la titularidad real de las sociedades y los fondos fiduciarios.

Según el vicepresidente primero de la CE, Frans Timmermans, las medidas “ayudarán a las autoridades nacionales a localizar a las personas que ocultan sus finanzas a fin de cometer delitos como el terrorismo” y “los estados miembros podrán conseguir y compartir información vital sobre quién es el titular real de las sociedades y los fondos fiduciarios, quién negocia divisas en línea y quién emplea tarjetas de prepago.”.

Aparte de los efectos en la lucha contra la financiación del terrorismo, la propuesta conlleva, por la publicación de la información sobre quién está detrás de las sociedades y los fondos fiduciarios, un importante efecto disuasorio para posibles evasores fiscales.

Para llegar a la meta de impedir la utilización del sistema financiero para la financiación de actividades terroristas, se propone una serie de cambios.

Primeramente se amplían las competencias de las unidades de información financiera de la UE y se facilita su cooperación. Además se hace frente al riesgo de que el terrorismo se financie a través de monedas virtuales y se implementa un control del uso de instrumentos de prepago anónimos, como por ejemplo las tarjetas de prepago.

Finalmente se establece el refuerzo de los controles en terceros países de alto riesgo, obligando a los banco a llevar a cabo controles adicionales de acuerdo con la diligencia debida sobre los flujos financieros procedentes de estos países. Para ello se aprobará formalmente una lista de países considerados de alto riesgo el 14 de julio de este año. Dicha lista se ha elaborado teniendo en cuenta las investigaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional. El criterio determinante para la inclusión de un país en dicha lista es la existencia de deficiencias estratégicas en el sistema de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. De acuerdo con la cuarta Directiva, adoptada el 20 de mayo de 2015, la Comisión tiene encargada la actualización de dicha lista tres veces al año.

Las normas de transparencia reforzarán las medidas introducidas por la cuarta Directiva anteriormente mencionada contra el blanqueo de capitales. A través de dichas normas se habilitará el acceso público pleno a los registros de titularidad real, la interconexión de los registros y se ampliará la información accesible a las autoridades. Dichas normas de transparencia conllevarán un mayor control de las sociedades y los fondos fiduciarios pasivos.

Para concluir, cabe decir que el incremento de la transparencia para combatir el blanqueo de capitales ayudará a reforzar la lucha contra el uso de los nuevos medios de financiación del terrorismo, así como combatir la evasión fiscal.

 

 

Pina Pohl

Vilá Abogados

 

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15 de julio de 2016