El pasado dos de junio de 2016 tuvo lugar la reunión entre los representantes de los Estados Unidos y la Unión Europea sobre asuntos de Justicia e interior. En esta reunión, entre otros asuntos, se trató el intercambio de datos personales entre los Estados Unidos y los países de la Unión Europea con motivo de la aplicación de la ley.

Los Estados Unidos y la Unión Europea firmaron a este efecto un acuerdo marco que regula el tráfico de datos personales por aplicación de la ley, y que forma parte del plan de normalización del intercambio de datos personales entre los países de la Unión Europea y los Estados Unidos.

Junto con la creación del EU-US Privacy Shield, ya comentado en un post anterior, la idea es regular el intercambio de datos personales, creando un marco de seguridad para la colaboración de las administraciones y entidades privadas.

Esta regulación viene motivada por la Sentencia 6 de octubre de 2015 del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, ya comentada en otro artículo, y que anulaba la decisión de la Comisión por la que se declaraba a los EEUU como “safe harbour” (“puerto seguro”) en materia de protección de datos.

Cabe destacar que este acuerdo debe ser ratificado por el Parlamento Europeo, para lo cual no hay prevista un fecha.

 

 

Ismael Peralta

Vilá Abogados

 

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23 de junio de 2016