De acuerdo con la definición de arbitraje de la OMPI, El arbitraje es un procedimiento por el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal de varios árbitros que dicta una decisión sobre la controversia que es obligatoria para las partes. Al escoger el arbitraje, las partes optan por un procedimiento privado de solución de controversias en lugar de acudir ante los tribunales”.

La importancia de una cláusula arbitral válida

El principio rector del arbitraje es la autonomía de la voluntad de las partes, cuya máxima expresión es el convenio arbitral, por medio del cual las partes renuncian expresamente al fuero que les correspondería, para someter las controversias que puedan surgir respecto de una determinada relación jurídica a uno o varios árbitros.

El convenio arbitral obliga a las partes a cumplir lo estipulado e impide a los juzgados conocer de las controversias sometidas a arbitraje, siempre y cuando el convenio arbitral sea válido y eficaz. Para ello, es de suma importancia que el redactado del convenio arbitral no lleve a confusión ni sea incoherente o inoperante, por ejemplo, al prever al mismo tiempo el sometimiento de las partes a la jurisdicción de los tribunales judiciales y a arbitraje, al no identificar correctamente la concreta institución de arbitraje que las partes quieren que administre el procedimiento, o al indicar árbitros concretos que llegado el caso no pueden aceptar su nombramiento (ya sea por falta de independencia o imparcialidad, o porque se han jubilado, etc.).

Ante una cláusula patológica, podría llegar a darse el caso en que una parte considerase que la controversia debe someterse a arbitraje y, por el contrario, la otra parte considerase que la controversia debe someterse a los juzgados. En tales situaciones, dependiendo de la postura del demandante, la demanda se presentará ante una institución arbitral o ante los juzgados. Ello puede dar lugar a tediosas controversias sobre la falta de jurisdicción de los árbitros o de los jueces, según el caso, que pueden impedir la valoración del fondo del asunto y retrasar la resolución de la controversia, además de comportar notables costes económicos para las partes.

¿Qué elementos conviene incluir en una cláusula arbitral?

En aras de evitar cláusulas arbitrales patológicas, resulta sumamente recomendable adoptar el modelo de cláusula arbitral provista por la institución arbitral en cuestión si se opta por un arbitraje administrado por una institución arbitral (en vez de ad hoc). Además, la inclusión de los siguientes elementos en la cláusula arbitral pueden ayudar a la conducción eficaz del arbitraje:

  • Sede/lugar del arbitraje
  • Número de árbitros (un árbitro o un tribunal de tres árbitros)
  • Método de nombramiento de los árbitros (en arbitraje ad hoc, una autoridad nominadora en perjuicio de selección por las partes)
  • Idioma del arbitraje
  • Reglas del arbitraje
  • Derecho sustantivo aplicable al contrato
  • Finalidad del laudo (“firme y vinculante”)

En definitiva, lo que deberá valorar el árbitro o, en su caso, el Juez, cuando una parte invoque o impugne su competencia para conocer de una controversia con base en un convenio arbitral, será la verdadera voluntad de las partes a la hora de prestar su consentimiento a la cláusula en cuestión.

 

 

Carla Villavicencio

Vilá Abogados

 

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06 de mayo de 2016